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Esta primera ola de procedimientos concursales que se ha producido en los meses de marzo y abril seguramente es una señal de alerta de la avalancha de insolvencias de derecho que se avecina para los próximos meses.

El tsunami de concursos de acreedores que se nos echará encima envía una primera ola.

Dicen los expertos en maremotos que un gran tsunami se suele anunciar enviando una primera ola de considerable tamaño como aviso a navegantes. Hace unos días se dispararon las alarmas que avisan cuando se aproxima un tsunami de concursos de acreedores en España. En el mes de abril los concursos de acreedores registraron un aumento interanual del 968% respecto al mismo mes de 2020 llegando a registrarse 470 procesos concursales en todo el Estado Español según se desprende de la Estadística Mercantil del Colegio de Registradores. El ranking mensual de insolvencias de derecho lo lidera la Comunidad Autónoma de Cataluña con 112 concursos de acreedores, seguida por la Comunidad Valenciana con 101. El tercer lugar es para la Comunidad de Madrid con 81 concursos de acreedores; mientras que La Rioja, Navarra, Extremadura y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no registraron ningún concurso de acreedores. En el mes de marzo los concursos de acreedores registraron un aumento interanual de casi el 100% al publicarse 624 concursos de acreedores. Esta tendencia al incremento de las insolvencias de derecho se empezó a observar en el mes de febrero, que pesar de ser un mes con solo 28 días, marcó un récord en el registro de concursos ya que un total de 532 empresas se declararon en situación de insolvencia, lo que supuso un incremento del 18% con respecto al mismo mes del año anterior.

Además, en el cómputo acumulado de enero a abril de este año, los concursos de acreedores sumaron un total de 2.114, lo que supone un 72% más que en el primer cuatrimestre del año 2020. El número de deudores concursados en el conjunto del año 2020 fue de 6.718, un 13,6% inferior al registrado en 2019, año en el que se registraron un total de 7.772 concursos de acreedores. A primera vista puede parecer que los 6.718 procedimientos concursales son una cifra sorprendentemente pequeña si tenemos en cuenta la crisis económica provocada por la pandemia, por lo que cabía esperar un tsunami de insolvencias de derecho. Y aparenta ser todavía más baja si la comparamos con los 9.310 concursos registrados en 2013, año en el que se alcanzó un máximo histórico.

Por tipo de concurso, 6.447 de los 6.718 de 2020 fueron voluntarios y 271 fueron concursos de acreedores necesarios. Atendiendo a la clase de procedimiento, los ordinarios disminuyeron un 31,7% y los abreviados un 11,9%. Asimismo, el 79,2% de las empresas concursadas en 2020 eran Sociedades de Responsabilidad Limitada y el 40,9% de las empresas concursadas se encontraban en el tramo más bajo de volumen de negocio, es decir hasta 250.000 euros de facturación anual. Por actividades, las de Comercio e Industria y energía concentraron el 32,6% del total de empresas concursadas en 2020. Igualmente, las empresas de hostelería fueron las que registraron la mayor variación anual; concretamente del 35,6%. Como información atípica en el ámbito concursal, el 20,8% del total de empresas concursadas en el año 2020 tenían una antigüedad de 20 o más años. Por otro lado, el 24,1% tenían cuatro o menos años de antigüedad. Las comunidades autónomas con mayor número de deudores concursados en 2020 fueron Cataluña (2.003), Comunidad de Madrid (1.099) y Comunidad Valenciana (947). Estas tres concentraron el 60,3% del total de deudores concursados. Por su parte, la comunidad con menor número de deudores concursados fue Comunidad Foral de Navarra (33).

Esta primera ola de procedimientos concursales que se ha producido en los meses de marzo y abril seguramente es una señal de alerta de la avalancha de insolvencias de derecho que se avecina para los próximos meses a pesar de que actualmente en el Estado Español existe una moratoria concursal que fue declarada por el Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito concursal que estableció la suspensión del deber de solicitar la declaración de concurso de acreedores hasta el 31 de diciembre de 2020. Y, además, el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo dispuso una nueva ampliación de la moratoria concursal hasta el 31 de diciembre de 2021 (inclusive) la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores. A partir de esta fecha se iniciará el cómputo del plazo legal de dos meses para solicitar la declaración de concurso. Igualmente, el Real Decreto-Ley suspende hasta el 31 de diciembre de 2021 la tramitación de las solicitudes de concurso necesario presentadas por los acreedores desde el 14 de marzo de 2020.

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Fuente: CISS Wolters Kluwer

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