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Es importante tener en cuenta los años trabajados y la base reguladora.
La Seguridad Social tiene unos parámetros que van subiendo anualmente.

Uno de los grandes interrogantes que se abren en la mente de todos los trabajadores es qué pensión de jubilación les quedará para tener cubierta el resto de su vida una vez comience su retiro profesional. Y, eso, como casi en todos los aspectos correspondientes a las pensiones, depende en buena medida de nuestra trayectoria laboral anterior.

Lo primero que hay que saber es la fecha ordinaria de jubilación. Cada año va cambiando, dentro de una subida progresiva en una proyección del sistema que dejará en 2027 dicha edad en 65 años para trabajadores con 38 años y 6 meses trabajados y 67 años para los que no lleguen a ese tope. Pero, de cara a 2021, el año que nos importa, la edad de jubilación es de 65 años con 37 años y 3 meses cotizados y de 66 años para quienes no lleguen a esa cantidad.

Esta edad es una de las referencias para la jubilación ordinaria, pero se dan casos en los que los trabajadores pueden jubilarse antes de esa edad. Dentro de este grupo está la jubilación antcipada (que José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, quiere reformar) y la jubilación anticipada especial derivada del cese no voluntario en el trabajo o la anticipada por la naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre del trabajo.

Al margen de estas excepciones en cuanto a la edad de jubilación, el método para calcular la pensión de jubilación es homogéneo y tiene en cuenta dos variables que van dadas de la mano: los años trabajados y la base reguladora.

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Fuente: El Economista

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