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Se refuerza el Departamento de Gestión Tributaria, a la vista de las crecientes exigencias y de los retos tecnológicos.

El Ministerio de Hacienda ha dispuesto la creación del Centro de Ciberseguridad y Protección de Datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y de la Unidad Central de Sistemas de Atención al Contribuyente.

Así se desprende de una resolución sobre organización y funciones del Área de Informática Tributaria, publicada el 8 de febrero de 2024 en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se pretende potenciar así la seguridad de la información tributaria, facilitando el cumplimiento de la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal, ciberseguridad e infraestructuras críticas.

Además, se pretende impulsar, según Hacienda, nuevos sistemas para la información y asistencia a los contribuyentes, la prestación de servicios homogéneos y de calidad a través de los diversos canales que la tecnología ofrezca en cada momento, y la mejora de la calidad y usabilidad de los sistemas de información.

Desde la creación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el entorno tecnológico ha experimentado un extraordinario cambio. Al auge de los servicios digitales prestados en internet se han sumado otras tendencias como el uso masivo de información, la computación en la nube y la prestación de servicios por múltiples canales, junto a la extensión del trabajo a distancia.

EVITAR CIBERATAQUES

En este contexto, la Agencia Tributaria asegura que cada vez son mayores los riesgos de sufrir ciberataques y amenazas a la seguridad de la información, haciéndose imperativas las acciones que viene llevando a cabo la Agencia para prevenir, evitar, detectar y corregir cualquier peligro, amenaza o agresión que puedan poner en riesgo su actividad digital.

Los sistemas de información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria son cada vez «más críticos», ya que de su buen funcionamiento depende directamente que la Agencia pueda cumplir satisfactoriamente con sus objetivos y con el creciente uso de la Administración electrónica por parte de los obligados tributarios, asegura el organismo.

De hecho, la Agencia Tributaria fue designada en su día como Operador Crítico y sus dos centros de proceso de datos como Infraestructuras Críticas.

Se hace, en este contexto, conveniente la creación del Centro de Ciberseguridad y Protección de Datos de la Agencia Tributaria y de la Unidad Central de Sistemas de Atención al Contribuyente, dotando a la Administración de órganos específicos que aglutinen las labores que actualmente se desarrollan en este ámbito en la Agencia para seguir reforzando la capacidad de respuesta del Departamento de Informática Tributaria a los nuevos desafíos que se plantean.

FUNCIONES DEL CENTRO DE CIBERSEGURIDAD Y DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN

Entre las funciones del Centro de Ciberseguridad, destaca la definición, implantación y mantenimiento actualizado de los planes de actuación que garanticen la recuperación de los servicios informáticos, dentro de los plazos establecidos, en caso de fallo total o parcial de la infraestructura tecnológica que utilizan.

De su lado, la Unidad Central de Sistemas de Atención al Contribuyente deberá, entre otras cuestiones, velar por la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que puede accederse a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como definir las especificaciones correspondientes a la actuación automatizada de la Agencia.

La creación de el Centro de Ciberseguridad y de la Unidad de Atención al Contribuyente no implicará aumento del gasto en el presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según Hacienda.

Hasta tanto se adapte la relación de puestos de trabajo de la Agencia a la creación de estas dos unidades, las funciones y competencias serán desempeñados por los actualmente existentes. «Los puestos de trabajo afectados continuarán subsistentes hasta que se apruebe la relación de puestos de trabajo adaptada a la nueva estructura orgánica», ha aclarado Hacienda.

REFUERZO DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

En otra resolución publicada el 8 de febrero de 2024 en el BOE, se ha reforzado también el Departamento de Gestión Tributaria para el mejor desempeño de las funciones, a la vista de las crecientes exigencias y de los retos tecnológicos que debe afrontar el departamento.

En la Subdirección General de Técnica Tributaria se crea el Área de Declaraciones Informativas y Retenciones; y en la Unidad Central de Información y Asistencia Digital, se crean las Áreas de Diseño y Mantenimiento de las Herramientas de Asistencia Digital y de Difusión, Organización, Coordinación y Supervisión de Información y Asistencia no presencial, al objeto de seguir avanzando en el modelo de información y asistencia multicanal, que permita optimizar los servicios que ofrece la Agencia Tributaria a los ciudadanos.

Para ello, resulta necesario mantener las herramientas de asistencia digital ya implementadas, transformar los informadores en asistentes virtuales que permitan al contribuyente usar un lenguaje natural, así como crear nuevas herramientas que atiendan las necesidades de información demandadas.

De su lado, en la Subdirección General de Verificación y Control Tributario se crean las áreas de Análisis de Riesgos, de Procedimientos y Liquidaciones Tributarias y de Análisis de Datos, con el fin de ahondar en la eficacia de los mecanismos de prevención y control y de generar sinergias con el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, con el que se comparte la función de control tributario.

En la Subdirección General de Asistencia Jurídica y Coordinación Normativa se crea el Área de Notificaciones y Sanciones, con la finalidad de dotar a esa Subdirección General de una estructura estable y especializada para la coordinación de las notificaciones y sanciones tributarias en el ámbito del Departamento.

Y por último, en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria se crea la Unidad de Recursos y de Relaciones con los Tribunales, para centralizar en la misma el desempeño de las funciones relacionadas con la revisión de sus actuaciones, entre ellas, la ejecución de sentencias y resoluciones de los tribunales, la tramitación de suspensiones y custodia de garantías en los recursos de reposición o la formación de los expedientes que se hayan de enviar a los tribunales.

 

Fuente: IIILA LEY. Consejo General de Economistas. REAF Asesores Fiscales.

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