En el BOJA del día 29 de diciembre se publicó la resolución por la que se convoca, para los años 2024 a 2026, la concesión de subvenciones de la línea 1 regulada en la Orden de 29 de junio de 2023, así como el extracto de esta.
La línea 1 (cuota cero) tiene por objeto financiar las cuotas de cotización a la Seguridad Social devengadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que hayan estado acogidas:
– A la reducción prevista en los apartados 1 y 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, esto es, cuota reducida durante los primeros doce meses desde el alta y en los doce siguientes siempre que el rendimiento económico neto anual sea inferior al SMI.
– A la bonificación prevista en el artículo 38 bis de dicha Ley, trabajadoras autónomas que hubieran cesado en su actividad por nacimiento de hijo/a, adopción, etc., y vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los doce meses siguientes al cese.
El periodo dentro del cual se puede solicitar la subvención abarca desde el 2 de enero de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2026, con los plazos específicos que se recogen en los apartados a), b), c) y d) del número 2 del resuelve octavo de la resolución.
Enlace a la resolución completa:
https://www.juntadeandalucia.
Enlace al extracto de la resolución:
https://www.juntadeandalucia.
Enlace al resumen de la Orden de 29 de junio de 2023:
https://masautonomos.cea.es/
Enlace al procedimiento:
https://www.juntadeandalucia.
Fuente: Ilustre Colegio Profesional de Economistas de Granada.