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El Ministerio de Hacienda ha publicado Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento IVA, el Reglamento IIEE y el Reglamento de Procedimientos amistosos en materia de imposición directa.

PROYECTO DE REAL DECRETO XX/2023, DE XX DE XX, POR EL QUE SE MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1624/1992, DE 29 DE DICIEMBRE, EL REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1165/1995, DE 7 DE JULIO, Y EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS AMISTOSOS EN MATERIA DE IMPOSICIÓN DIRECTA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1794/2008, DE 3 DE NOVIEMBRE.

Se pretende frenar el paso a las empresas fraudulentas.

Tras la transposición de la Directiva 2020/284, los proveedores de servicios de pago están obligados a documentar adecua y detalladamente, los pagos transfronterizos a partir del 1 de enero del próximo año 2024.

El comercio electrónico ha crecido significativamente en los últimos años y las ventas transfronterizas se han vuelto más comunes, lo que he provocado la aparición de empresas fraudulentas que buscan obtener ventajas comerciales desleales eludiendo los requisitos del IVA.

Se impondrá la obligación a los proveedores de servicios de pago, cuyo Estado miembro de origen o de acogida, sea España, a mantener un registro completo y al detalle de los pagos transfronterizos realizados a la Administración tributaria.

Todo esto facilitará a las autoridades tributarias poder identificar a aquellos empresarios que pretenden o que ya obtienen ventajas comerciales desleales, y que lo hacen eludiendo sus obligaciones en torno al IVA.

Se establece, un máximo de 25 pagos transfronterizos trimestrales a un mismo beneficiario, tienen la obligación de mantener los registros y las debidas comunicaciones a la Administración tributaria. Dichos registros deben ser conservados en formato electrónico durante un periodo de 3 años, que comienzan a contar desde el final del año natural de la fecha de pago.

Proyecto de Orden que modifica el modelo 379 de información sobre pagos transfronterizos.

Una de las medidas que incluye el Real Decreto regula las exenciones aplicables a las exportaciones de bienes efectuados por el exportador y de los depósitos temporales y regímenes aduaneros y fiscales.

También tienen lugar, la recuperación del IVA devengado en los créditos incobrables que tuvieron lugar por una insolvencia judicialmente declarada en otro Estado miembro.

Procedimientos amistosos en materia de imposición directa.

Se ha modificado, el reglamento que regula los procedimientos amistosos en materia de imposición directa, para que las autoridades competentes comuniquen las causas de terminación del procedimiento a la autoridad que corresponda de los Estados miembros que se vean afectados.

Impuestos Especiales.

Las medidas que se desarrollan en el ámbito de Impuestos Especiales son sobre las labores del tabaco, mejorando las medidas de seguridad que se llevan a cabo en los procesos de envasado y distribución del tabaco, se exigirá que dichos productos estén marcados con un identificador único visible, imborrable y fijo, que mejora la trazabilidad de éstos. A partir del 20 de mayo del año 2024 se aplicarán a todos los productos del tabaco.

Fuente: IIILA LEY. Consejo General de Economistas. REAF Asesores Fiscales.

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