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La Comisión ha propuesto criterios comunes contra el blanqueo ecológico y las declaraciones medioambientales engañosas. Con arreglo a la propuesta presentada, los consumidores disfrutarán de mayor claridad y de una garantía más sólida de que, cuando algo se venda como ecológico, lo sea de verdad, y de una información de mejor calidad para optar por productos y servicios respetuosos con el medio ambiente.

Las empresas también saldrán ganando, porque los consumidores podrán reconocer y premiar aquellas que hagan un verdadero esfuerzo por mejorar la sostenibilidad medioambiental de sus productos y podrán así estimular sus ventas, en lugar de sufrir una competencia desleal. De este modo, la propuesta contribuirá a establecer unas condiciones de competencia equitativas en lo que respecta a la información sobre el comportamiento medioambiental de los productos.

Un estudio de la Comisión de 2020 puso de manifiesto que el 53,3 % de las alegaciones medioambientales examinadas en la UE eran vagas, engañosas o infundadas, y el 40 % de ellas carecían de fundamento. La falta de normas comunes aplicables a las empresas que formulan declaraciones ecológicas voluntarias favorece el «blanqueo ecológico» y crea unas condiciones de competencia desiguales en el mercado de la UE, en detrimento de las empresas verdaderamente sostenibles.

Información fidedigna, comparable y verificable a los consumidores.

Según la propuesta, cuando las empresas decidan formular una «declaración ecológica» sobre sus productos o servicios, tendrán que respetar unas normas mínimas sobre la manera de fundamentar y comunicar esa clase de declaraciones.

La propuesta se centra en las declaraciones expresas, por ejemplo, «camiseta fabricada con botellas de plástico reciclado», «entrega con emisiones de CO2 compensadas», «envases fabricados con un 30 % de plástico reciclado» o «protección solar respetuosa con los océanos». También tiene por objeto evitar la proliferación de etiquetas y de nuevas etiquetas medioambientales públicas y privadas. Abarca todas las declaraciones voluntarias sobre los impactos, los aspectos o el comportamiento de un producto o del propio comerciante desde el punto de vista del medio ambiente. Sin embargo, excluye las declaraciones contempladas en las normas vigentes de la UE, tales como la etiqueta ecológica de la UE o el logotipo de alimentos ecológicos, ya que la legislación vigente ya garantiza que esas declaraciones reguladas sean fidedignas. Por la misma razón, se excluirán las reclamaciones que contemple la próxima normativa de la UE.

Antes de que las empresas comuniquen a los consumidores cualquiera de los tipos cubiertos de «declaraciones ecológicas», tales declaraciones deberán verificarse de forma independiente y demostrarse con pruebas científicas. Como parte de este análisis científico, las empresas determinarán los impactos medioambientales que realmente sean pertinentes para su producto y definirán cualquier compensación, a fin de ofrecer una imagen completa y precisa.

Normas y etiquetas claras y armonizadas.

Varias normas garantizarán que las solicitudes se comuniquen claramente. Por ejemplo, se prohibirán las declaraciones o las etiquetas que empleen puntuación agregada del impacto medioambiental global del producto, salvo que se contemplen en la normativa de la UE. Si se comparan productos u organizaciones con otros, tales comparaciones deben fundarse en información y datos equivalentes.

La propuesta también regulará las etiquetas medioambientales. En la actualidad existen al menos 230 etiquetas diferentes y hay indicios de que esto genera confusión y desconfianza entre los consumidores. Para controlar la proliferación de tales etiquetas, no se permitirán nuevos sistemas de etiquetado público, a menos que se formulen a escala de la UE, y cualquier nuevo sistema privado tendrá que demostrar una ambición medioambiental mayor que los existentes y obtener una aprobación previa para poder ser autorizado. Existen normas detalladas sobre las etiquetas ecológicas en general: también deben ser fidedignas y transparentes, y deben verificarse de forma independiente y revisarse periódicamente.

Próximas etapas.

Tras el procedimiento legislativo ordinario, la propuesta de Directiva sobre declaraciones ecológicas se someterá a la aprobación del Parlamento Europeo y del Consejo.

Contexto.

La propuesta presentada complementa la propuesta de marzo de 2022 sobre la capacitación de los consumidores para la transición ecológica al establecer normas más concretas sobre las declaraciones medioambientales, además de una prohibición general de la publicidad engañosa. La propuesta de hoy también se presenta junto con una propuesta sobre normas comunes que promueven la reparación de productos, lo que también contribuirá al consumo sostenible y mejorará la economía circular.

La propuesta presentada respalda un importante compromiso de la Comisión en el marco del Pacto Verde Europeo. Se trata del tercer paquete de propuestas sobre la economía circular, junto con la propuesta sobre normas comunes para promover la reparación de mercancías. El primer y el segundo paquete de medidas sobre la economía circular se adoptaron en marzo y noviembre de 2022. El primer paquete incluía la nueva propuesta de Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles, la Estrategia de la UE sobre los productos textiles sostenibles y circulares y la propuesta de Directiva sobre la legislación en materia de protección de los consumidores relativa a la capacitación de los consumidores en la transición ecológica. El segundo paquete constaba de las propuestas de Reglamento relativo a los envases y residuos de envases, la Comunicación sobre plásticos biodegradables, biológicos y compostables, y la propuesta de Reglamento sobre la certificación de la UE para la eliminación del carbono.

 

 

Fuente: IIILA LEY. REAF Asesores Fiscales. Consejo General de Economistas.

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