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Cuadro resumen de las cuantías exentas de IRPF en caso de despido o cese del trabajador.

Causa de extinción del contrato de trabajo Estatuto de los trabajadores Indemnización exenta IRPF
Días de salario por cada año de servicio Máximo de mensualidades
Despido improcedente
Despido improcedente con contrato suscrito a partir de 12-02-2012 33 24 SI
Despido improcedente con contrato suscrito anterior al 12-02-2012 (Régimen transitorio) 45/33 42 SI
Por voluntad del trabajador
Cese del trabajador NO NO
Rescisión del contrato por traslado de centro de trabajo que implique cambio de residencia 20 12 SI
Rescisión del contrato por modificación perjudicial de jornada, horario o régimen de trabajo a turnos 20 9 SI
Rescisión de contrato por modificación que redunde en perjuicio de la formación profesional o menoscabo de la dignidad del trabajador 45/33 42 SI
Despidos colectivos (Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y fuerza mayor)
ERE aprobado antes del 08-03-2009 20 12 SI
ERE en tramitación o con vigencia en su aplicación a 12 de febrero de 2012 (Ley del IRPF , disposición transitoria 22ª) 45 42 SI: cuantía obligatoria para el despido improcedente anterior a 12 de febrero de 2012.
Despido colectivo desde 12-02-2012 33

45/33 (Régimen transitorio)

42 SI: cuantía obligatoria para el despido improcedente (33 días/24 mensualidades o régimen transitorio).
Causas objetivas
Producidos antes del 08-03-2009 20 12 SI
Contrato de fomento a la contratación indefinida celebrados con anterioridad al 12-2-2012 (extinción por causas objetivas, declarada o reconocida como improcedente) (Estatuto de los Trabajadores, disposición transitoria 11ª) 33 24 SI
Despido objetivo desde 12-02-2012 (artículo 52 Estatuto de los Trabajadores excepto letra c) 20 12 SI
Despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y fuerza mayor (art. 52.c) Estatuto de los Trabajadores) 20 12 SI: cuantía obligatoria para el despido improcedente (33 días/24 mensualidades o régimen transitorio).
Muerte, invalidez o jubilación del empresario 1 mes en total NO SI
Contratación temporal 8-12 NO NO
Derivadas de la extinción de relaciones laborales especiales
Personal de alta dirección
Desistimiento del empresario 7 6 SI
Despido improcedente 20 12 SI
Deportistas profesionales 2 meses NO SI
Empleados del servicio del hogar familiar
Desistimiento con contrato concertado desde 01-01-2012 12 6 SI
Desistimiento con contrato concertado antes de 01-01-2012 7 6 SI
Despido improcedente 20 12 SI

 

Fuente: IIILA LEY. Consejo General de Economistas. REAF Asesores Fiscales.

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