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Las pensiones se consideran rentas del trabajo a ojos de Hacienda.
Se puede solicitar el aumento de las retenciones de las pensiones…
…y volver a las retenciones previas a una modificación anterior.

‘Hacienda somos todos’, decía el eslógan, y eso aplica para todos los ciudadanos españoles, tal y como reza esa frase que ha pasado a formar parte de la cultura popular española. Esto también afecta a los pensionistas, que una vez retirados de su vida profesional mantienen su condición de contribuyentes aunque estén jubilados.

Así, al igual que los sueldos que han cobrado a lo largo de su carrera, las pensiones de jubilación de los trabajadores que se han jubilado les obligan a tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que estas prestaciones se consideran a todos los efectos rendimientos del trabajo.

El funcionamiento de las retenciones de IRPF en las pensiones de jubilación es igual al que se realiza con los sueldos. Todos los meses la Seguridad Social va practicando retenciones que descuenta de esas pensiones para abonarlas a Hacienda. Al final del ejercicio, que se ejecuta de forma definitiva en la Campaña de la Renta, el pensionista ha de formalizar su situación con la Agencia Tributaria: si se le practicaron retenciones demasiado altas la declaración será ‘a devolver’ y si fuesen demasiado bajas saldrá ‘a pagar’.

También al igual que en el caso de los trabajadores (que lo hacen en el departamento de recursos humanos de su empresa), los pensionistas tienen derecho a pedir cambios en las retenciones de IRPF de sus pensiones. La única diferencia es que solo pueden pedir aumentos de las retenciones o, una vez solicitado ese aumento, volver a las retenciones iniciales.

Cambiar el IRPF de la pensión en la Seguridad Social
La Seguridad Social dispone de un servicio llamado ‘Incremento o finalización de aplicación del tipo voluntario a efectos de las retenciones de IRPF’. Se puede acceder al mismo pinchando en este enlace y sin necesidad de contar con un certificado digital (puede conseguir uno en cuatro sencillos pasos), DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente).

El primer paso es descargar y rellenar el formulario de solicitud. En este formulario se debe incluir todo tipo de información personal (DNI, nombre y apellidos, dirección, dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil) así como la retención de IRPF deseada (hay que indicar si es un aumento, y cuál, o el regreso a la retención inicial, así como el momento de aplicación del cambio).

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Fuente: El Economista

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