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El nuevo sistema de cotización para autónomos suscita una serie de dudas entre los más de 3,3 millones de trabajadores por cuenta propia, debido principalmente al número de cambios que ha sufrido la propuesta de ley a lo largo del año.

Según el primer Informe sobre la Declaración de la Renta y Política Fiscal Española elaborado por TaxScouts, una plataforma online que simplifica la presentación de impuestos a autónomos y particulares, el 50% de los españoles que trabajan por cuenta ajena dejaría de ser autónomo por la nueva ley y buscaría otra forma de desempeñar su actividad profesional.

Adicionalmente, según datos del mismo estudio, el 52% de ellos cree que las cuotas se deberían pagar en función de los ingresos y no ser una cuota fija. Mientras que el 40% de ellos opina que, a pesar de que sea un sistema progresivo, las cuotas mensuales son muy elevadas.

Teniendo en cuenta las incertidumbres generadas alrededor de la nueva legislación, TaxScouts destaca y resuelve las principales dudas de los autónomos españoles.

¿Cómo se calcula la base de cotización?

Los ingresos netos mensuales.

Las nuevas cuotas aprobadas este verano se calcularán en función de los ingresos netos mensuales que obtengan los trabajadores por cuenta propia de la siguiente manera: al beneficio de la actividad (beneficio anual: base imponible de las facturas menos los gastos deducibles), habrá que sumarle lo pagado a la Seguridad Social, y al resultado se le resta un 7% de gastos de difícil justificación.

El resultado de esta operación se divide entre 12, y esa es la cifra de Ingresos Netos Mensuales, a partir de la que se puede aplicar la nueva tabla de cotizaciones.

El cambio de tramo.

Los autónomos deben tener en cuenta que en el caso de que el tramo de cotización seleccionado no se corresponda con los ingresos reales que se acaban facturando, se podrá cambiar de tramo cada 2 meses, es decir, un total de seis veces a lo largo del año, es por ello que resulta imprescindible hacer una estimación de ingresos lo más cercano posible, basándose en los resultados obtenidos el año anterior.

En el caso de que a final del año se ha cotizado de menos por haber elegido un tramo más bajo de lo que se ha cobrado, se tendrá que devolver la parte restante. En el caso contrario, en el que se haya cotizado en un tramo de cotización mayor al de los ingresos reales, la Seguridad Social devolverá el importe correspondiente.

Los nuevos autónomos podrán beneficiarse de la tarifa plana, que a partir de enero pasará a ser de 80€, por lo que no tendrán que hacer estas operaciones.

Las cuotas por tramos para 2023.

Las nuevas cuotas se calcularán en función de los ingresos mensuales netos, conforme a los cálculos indicados anteriormente, por tramos: Cuota autónomo 2023

  • Hasta 670 euros: 230€
  • De 670€ hasta 900€: 260€
  • De 900€ a 1.166,7€: 275€
  • De 1.166,7€ a 1.300€: 291€
  • De 1.300€ a 1.500€: 294€
  • De 1.500€ a 1.700€: 294€
  • De 1.700€ a 1.850€: 310€
  • De 1.850€ a 2.030€: 315€
  • De 2.030€ a 2.330€: 320€
  • De 2.330€ a 2.760€: 330€
  • De 2.760€ a 3.190€: 350€
  • De 3.190€ a 3.620€: 370€
  • De 3.620€ a 4.050€: 390€
  • De 4.050€ a 6.000€: 420€
  • Más de 6.000€: 500€

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Fuente: Emprendedores

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